Con la entrada en vigor del Real Decreto 233/2013 de 5 de Abril por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas se sustituye el Informe de Conservación de Edificios (ICE) por el Informe de Evaluación de Edificios (IEE) para la solicitud de ayudas para la rehabilitación, aunque éste Real Decreto hace referencia a que se aceptarán los diferentes modelos que las comunidades emitan siempre que contemplen los mismos aspectos.
Es un informe cuyo objetivo es comprobar el adecuado mantenimiento y conservación de los edificios para evitar que se produzca la ruina de los mismos a consecuencia del deterioro provocado por un inadecuado mantenimiento. También se comprueba el cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad universal, así como el grado de eficiencia energética de los mismos.
Será obligatorio que dispongan del Informe de Evaluación de los siguientes edificios:
El Informe de Evaluación tendrá una periodicidad mínima de 10 años, aunque las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos pueden establecer una periodicidad menor.
El incumplimiento del deber de cumplimentar el Informe de Evaluación tendrá la consideración de infracción urbanística, con el carácter y las consecuencias que atribuya la normativa urbanística aplicable al incumplimiento del deber de dotarse del informe de inspección técnica de edificios, en el plazo expresamente establecido.
El coste de la redacción del informe IEE depende de las unidades de inspección de cada edificio, número de viviendas y locales comerciales. Para más información sobre honorarios o cualquier otra consulta, no dude en ponerse en contacto con nosotros. También podéis escribirnos un email a contacto@dgarquitectotecnico.com
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